7. Revelaciones con base al NIC 34.
Siendo imposible para los emisores la presentación trimestral de una cantidad de revelaciones, que significaban la elaboración de notas similares a las incorporadas en los estados anuales auditados, se logró con el Regulador, que tales requerimientos fueran únicamente referidos a las notas seleccionadas de acuerdo al NIC 34, para los estados financieros trimestrales.