REGISTRO ANTE LA
SUPERINTENDENCIA DE BANCOS Y LA BOLSA DE VALORES DE NICARAGUA
( http:www.bolsanic.com/finan.htm1 )
Con
excepción del Estado, sus entes autónomos,
el Banco Central de Nicaragua y los Bancos e instituciones
Financieras autorizadas por la Superintendencia de Bancos,
todas las entidades que se propongan emitir valores y hacer
oferta pública de los mismos deberán estar
inscritos como Emisores en la Superintendencia de Bancos
y en la Bolsa de Valores de Nicaragua.
Tampoco
están sujetos al requisito de inscripción
los títulos valores emitidos individualmente o no
seriados siempre que sean emitidos por Bancos o instituciones
financieras autorizadas por la Superintendencia de Bancos
o de cualquier emisor si éstos han sido avalados,
afianzados, aceptados o garantizados por esas instituciones.
Los títulos valores no seriados que no llenen los
requisitos anteriores no podrán ser transados en
la Bolsa de Valores de Nicaragua.
Las
empresas que se propongan emitir valores que han de ser
objeto de oferta pública, solicitarán su inscripción
en el registro de emisores y valores que lleva la Superintendencia
de Bancos y de Otras Instituciones y en el de la Bolsa de
Valores de Nicaragua.
PASOS
PARA REGISTRAR UN EMISOR EN LA BVDN
Para
su inscripción como emisor de valores de oferta pública
en la Bolsa de Valores de Nicaragua la empresa interesada
deberá presentar a la Superintendencia de Bancos
y a la BVDN una solicitud firmada por el Presidente de la
Sociedad o por un representante legal debidamente autorizado.
La
solicitud de registro ante la Bolsa y la Superintendencia
deberá contener, entre otras, la siguiente información:
a) La denominación social del emisor
b) Antecedentes generales de la empresa
c) Datos de inscripción en el Registró Público
d) Datos del Domicilio.
e) Certificación extendida por el secretario de la
sociedad o por Notario Público indicando la constitución
de la Junta Directiva en funciones, fecha de terminación
del período igual información sobre el vigilante
o vigilantes.
f) Nombre del Gerente General, principales ejecutivos y
apoderados generales.
g) Nombre de los accionistas que posean más de un
10% de las acciones de la sociedad.
h) Fecha de cierre y nombre de los auditores externos.
Asimismo,
con ambas solicitudes para el registro de emisores, se deberá
acompañar a la solicitud con la siguiente información:
Información
legal:
Original y copia autenticada de la Escritura de Constitución
y Estatutos de la sociedad debidamente inscritos y sus modificaciones
o reformas, y cualquier otra información relevante
que pueda influir o variar la situación legal del
Emisor y que sea necesaria para su identificación.
Económico- financiera:
Balance General, Estado de Ganancias y Pérdidas y
Estado de reconciliación de cuentas de superávit
y capital para los últimos tres ejercicios anuales,
o para los años de existencia de la Empresa si fueran
menos de tres.
Los Estados Financieros correspondientes al último
ejercicio deberán estar debidamente auditados por
auditores externos registrados en la Superintendencia de
Bancos.
Informe razonado de los auditores externos que certifican
el Balance sobre la situación financiera de la entidad,
su patrimonio, razones de endeudamiento, pasivos contingentes,
activos restringidos, relaciones de costos y gastos a ingresos,
índices de rentabilidad y eficiencia y cualquier
otra información que permita al público hacer
una evaluación adecuada de la situación real
de la empresa.
La Junta Directiva de la Bolsa de Valores se reserva el
derecho de solicitar cualquier información adicional
que considere conveniente.
Pasos
para registrar una emisión de valores
Para inscribir una emisión de valores el emisor deberá
acompañar su solicitud de tres prospectos. Estos
son documentos que contienen información amplia,
veraz y actualizada sobre la entidad emisora y sobre los
valores seriados que serán negociados en la BVDN,
y sirve como medio de publicidad autorizado para la emisión.
Generalmente un prospecto contiene todas las condiciones
que regirán las relaciones entre el emisor y los
inversionistas.
El emisor podrá iniciar la negociación en
Bolsa de los valores una vez que la Superintendencia y la
Bolsa le extiendan una certificación o constancia
de haberse efectuado el registro.
Al
iniciar la oferta pública de valores registrados,
los emisores o sus representantes deberán publicar
en uno o más periódicos de circulación
nacional de su escogencia, un mínimo de dos avisos
durante los primeros 15 días de oferta invitando
al público a la adquisición de los mismos.
Los
emisores con títulos inscritos en el Registro de
Valores, proporcionarán a la Superintendencia, a
la Bolsa y al público la información periódica
que disponga la Superintendencia. Esta información
será tanto de carácter legal y financiero,
como de todo hecho que pueda afectar, positiva o negativamente,
su situación jurídica, económica o
financiera o la posición del emisor o de los valores
en el mercado.
Para
mayor detalle sobre los requisitos o pasos a seguir para
el registro de una emisión de valores consulte el
reglamento interno de la BNDN y la normativa reguladora
del registro de emisores, valores, sociedades de bolsa y
de agentes de bolsa. http://www.bolsanic.com/finan.htm1
OTRA INFORMACIÓN
Como
financiarse a través de la Bolsa de Valores de Nicaragua
A
través de la Bolsa de Valores de Nicaragua, se abrió
en nuestro país una nueva alternativa de financiamiento
tanto para el sector privado como público, nacional
o extranjero, por medio de la emisión y colocación
de títulos valores (acciones, bonos, pagarés,
letras de cambio,...) en el mercado de valores.
La
Bolsa de Valores de Nicaragua es una empresa privada que
ofrece al público a través de los agentes
y puestos de bolsa autorizados los mecanismos e instrumentos
técnicos y materiales para la colocación de
títulos valores susceptible de oferta pública.
La
Bolsa vela por la efectividad, veracidad y transparencias
de las operaciones que se realizan en su seno, proporcionando
información objetiva y completa al público
, divulgando información sobre los precios de mercado
y ofreciendo los servicios conducentes a fortalecer el mercado
primario de títulos valores con la liquidez del mercado
secundario de valores.
La
venta o colocación de títulos valores a través
de una oferta pública en el mercado primario de la
Bolsa de Valores de Nicaragua constituye un financiamiento
del público inversionista hacia el emisor de los
valores. Con el fin de resguardar los intereses de los inversionistas
y asegurar al público el acceso de la información
acerca de dichos valores y sus emisores, la Ley faculta
a la Superintendencia de Bancos y de Otras Instituciones
Financieras a fungir como ente supervisor de la actividad
bursátil.
Para
tales efectos, la Superintendencia y la Bolsa de valores
de Nicaragua, Institución rectora de la actividad
bursátil, han establecido una serie de normativas
y reglamentos para la conformación de una oferta
pública de valores.
VENTAJAS DEL FINANCIAMIENTO POR MEDIO DE UINA EMISIÓN
DE VALORES.
El
captar fondos directamente del público por medio
de la Bolsa de Valores de Nicaragua presenta las siguientes
ventajas para los emisores de títulos valores:
DIVERSIFICACIÓN
DE FUENTES DE FINANCIAMIENTO Y MAYOR COMPETENCIA EN EL SISTEMA
FINANCIERO
Por medio de la Bolsa de Valores se ofrece una nueva alternativa
de financiamiento que permite verificar las fuentes de financiamiento
de las empresas y les permite limitar la dependencia de
una fuente única. A su vez, una mayor competencia
entre las fuentes de financiamiento podría redundar
en un costo financiero más competitivo para todo
el sistema financiero.
REDUCCIÓN
DEL COSTO FINANCIERO
El costo del financiamiento mediante una oferta pública
de valores es generalmente considerado más barato
que el crédito bancario. Esta afirmación se
basa en el hecho que la Bolsa de Valores sirve como plataforma
donde se ponen directamente en contacto inversionistas y
emisores en un proceso de intermediación directa.
Por el contrario, las instituciones financieras tradicionales,
a través de un proceso de intermediación indirecta
destinan, a su discreción los ahorros captados por
el público para satisfacer las necesidades del capital
de trabajo y de inversión de las empresas. Ello redunda
en una estructura administrativa mas compleja que encarece
el costo de intermediación.
SOBERANÍA
FINANCIERA
Las empresas que captan mediante una oferta pública
de títulos valores gozan de "soberanía
financiera" en el sentido que tiene la facultad de
poder programar sus necesidades de financiamiento con forme
sus flujos de efectivo, al determinar el tipo de valores,
los montos y los plazos que desean aceptar mediante la oferta
pública de valores.
AMPLÍA
LA CAPACIDAD DE FINANCIAMIENTO DE LA BANCA PRIVADA
La capacidad de financiamiento de un Banco a un grupo económico
determinado esta regulado en las normas prudenciales de
la superintendencia de Bancos como una función directa
del monto de su capital. Esto limita la capacidad de financiamiento
de la banca privada que, a pesar de haber demostrado eficiencia
y liderazgo en el sistema financiero nacional, está
limitada por su nivel de capitalización. La emisión
de valores en el mercado bursátil permite salvaguardar
estos obstáculos y ampliar la capacidad de financiamiento.
INCENTIVOS
FISCALES
Únicamente las emisiones de valores y las compraventas
hechas en la Bolsa de Valores de Nicaragua gozan de exenciones
fiscales.
ASESORÍA
Los puestos de bolsa prestan a la empresa la asesoría
financiera necesaria para diseñar una emisión
de manera eficiente que le permita al emisor optimizar sus
flujos de efectivo o sus necesidades del capital. Esta asesoría
le permite gozar de consejos técnicos para garantizar
que su emisión se lleve a cabo en el lapso más
corto y la manera más atractiva para el público
inversionista.
PRESTIGIO
La cotización de valores de forma pública
en la Bolsa de Valores de Nicaragua conlleva una divulgación
permanente y eficiente del estado de las empresas así
como sus proyectos de desarrollo en el seno del público
inversionista y especializado, así como en el público
en general. Esta información financiera y económica
tiende a afianzar el prestigio de las empresas que emiten
sus valores en Bolsa ya que se considera que las empresas
listadas en Bolsa son aquellas financieramente más
sólidas y cuyas finanzas han debido ser puestas en
orden.
LIQUIDEZ
DE LOS TÍTULOS
El hecho de que tanto el emisor como los valores estén
inscritos y autorizados para ofertarse de forma pública
en la Bolsa de Valores permite a los tenedores de los mismos
disponer de liquidez inmediata al poder liquidar sus inversiones
en cualquier momento en el mercado secundario. De no ser
así, el atractivo financiero de los títulos
se verían afectados por la limitada solvencia de
un mercado informal de valores.
INVERSIÓN
EXTRANJERA
El listar acciones o títulos de deuda de una empresa
la Bolsa de Valores de Nicaragua ofrece un medio que facilita
atracción de la inversión extrajera. En Nicaragua
no existen restricciones cambiarias y la Bolsa asegura un
mecanismo transparente y eficiente para comprar y vender
valores así como procesos de liquidación confiables.
Asimismo, el registro en la Bolsa facilita la inscripción
de emisores nicaragüenses en otras bolsas de la región
ampliándose la base de inversionistas potenciales
de un contexto nacional a uno extranjero.
MARCO LEGAL DE LA OFERTA PUBLICADA DE VALORES
El
marco legal de la oferta pública por medio de la
Bolsa de Valores de Nicaragua está conformado, entre
otras disposiciones legales, por el decreto presidencial
33-93 del 21 de junio de 1993, titulado "Reglamento
General sobre Bolsas de Valores", por la normativa
reguladora del registro de emisores, valores, sociedad de
bolsa y de agentes de bolsa emitidos por la Superintendencia
de Bancos y Otras Instituciones Financieras, y por las disposiciones
al respecto contenidas en el reglamento interno de la Bolsa
de Valores de Nicaragua.
Según
un estudio realizado por Jimmy L. Morales y Baker &
McKenzie para el Banco Interamericano de Desarrollo sobre
el sistema legislativo y normativo relativo a la actividad
bursátil de Nicaragua, estos autores afirman que:
"..., es nuestra opinión que, el reglamento
general y el reglamento interno proporcionan un sistema
razonable para la operación eficiente de bolsas de
valores en Nicaragua. Los reglamentos se comparan favorablemente
con documentos similares con otros países de América
Latina, particularmente cuando se toma en consideración
el limitado alcance del mercado de valores en Nicaragua
en el presente."
La
reglamentación mencionada establezca que todo empresa
que quiera realizar una emisión de valores a través
de una oferta pública a través de la Bolsa
de Valores de Nicaragua deberá presentar una solicitud
a la Superintendencia de Bancos y a la Bolsa de Valores
de Nicaragua tanto para su registro como emisor y los valores
que se pretenden emitir. Dicha solicitud deberá ser
acompañada de informaciones legales y financieras
conforme a las regulaciones pertinentes.
La
Junta Directiva de la Bolsa de Valores de Nicaragua tiene
la facultad de aprobar los emisores en Bolsa y las nuevas
emisiones de valores que vayan a negociarse en su seno.
Una vez que las sociedades sean aprobadas y registradas
en la Superintendencia de Bancos y en la Bolsa de Valores,
el emisor podrá proceder a efectuar su oferta pública
y de esta manera comenzar a captar fondos directamente del
público por medio de la emisión de títulos
valores a través de la Bolsa de Valores de Nicaragua.
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